Para acelerar y controlar el costo de las disputas, usted y la Compañía acuerdan que cualquier reclamo legal o equitativo relacionado con el uso de este Sitio o la compra de cualquier producto de este Sitio (denominado "Reclamo") se resolverá como sigue:
A. Resolución informal:
Usted y la Compañía primero intentarán resolver cualquier Reclamo de manera informal. En el caso de que surja una disputa entre la Compañía y usted a partir de estos Términos o se relacione con ellos, la aplicabilidad de estos Términos al uso de cualquier Sitio de Buttah, o la compra de cualquier producto de este Sitio, o al incumplimiento o cumplimiento, interpretación o validez de estos Términos, usted y nosotros acordamos tratar de resolver cualquier disputa de manera informal. Envíe un aviso por escrito que describa la disputa a support@buttahbydorion.com.
B. Resolución Formal por Arbitraje/Renuncia a Demanda Colectiva
LEA CUIDADOSAMENTE LA SIGUIENTE DISPOSICIÓN DE ARBITRAJE, LIMITA SUS DERECHOS, INCLUYENDO EL DERECHO A MANTENER UNA ACCIÓN JUDICIAL. Usted acepta que cualquier disputa, controversia o Reclamación que surja de o esté relacionada con estos Términos, la aplicabilidad de estos Términos en cuanto al uso de cualquier Sitio de Buttah, o la compra de cualquier producto de este Sitio, o al incumplimiento o cumplimiento, interpretación o la validez de estos Términos, o la determinación del alcance o la aplicabilidad del Arbitraje se regirán únicamente por la Ley Federal de Arbitraje.
Si usted y la Compañía no pueden resolver un Reclamo de manera informal, cualquier Reclamo presentado por cualquiera de las partes se resolverá únicamente mediante Arbitraje vinculante. Al aceptar el Arbitraje, tanto usted como la Compañía entienden y aceptan que un árbitro decidirá todas las disputas y que usted renuncia a sus derechos de mantener otros procesos de resolución disponibles, como una acción judicial o un procedimiento administrativo, para resolver disputas. En lugar de demandar ante los tribunales, tanto usted como la Compañía acuerdan resolver las disputas (excepto ciertos reclamos menores) solo mediante arbitraje.
ARBITRAJE SIGNIFICA QUE USTED RENUNCIA A SU DERECHO A UN JUICIO CON JURADO.
Las reglas en Arbitraje son diferentes. No hay juez ni jurado, y la revisión es limitada, pero un árbitro puede otorgar los mismos daños y perjuicios, y debe cumplir con las mismas limitaciones establecidas en estos Términos como lo haría un tribunal. El Arbitraje se llevará a cabo bajo los Procedimientos de Reglas de Arbitraje Simplificado de JAMS (denominados "Reglas de JAMS") y bajo las reglas establecidas en estos Términos. Si existe un conflicto entre las Reglas de JAMS y las reglas establecidas en estos Términos, prevalecerán las reglas establecidas en estos Términos. Usted puede, en Arbitraje, buscar todos y cada uno de los recursos que de otro modo estarían disponibles para usted de conformidad con la ley del estado gobernante. Si decide iniciar el Arbitraje, la Compañía acepta pagar la tarifa de iniciación del Arbitraje y cualquier depósito adicional requerido por JAMS para iniciar su Arbitraje. Usted y la Compañía acuerdan pagar los costos del procedimiento de Arbitraje siempre y cuando, sin embargo, si usted es un consumidor, no se le exigirá que pague más de $250.00 de las tarifas o la cantidad que las Reglas de JAMS establezcan posteriormente. Todos los demás honorarios, como honorarios de abogados y gastos de viaje al Arbitraje, se pagarán de acuerdo con las Reglas de JAMS. El Arbitraje se llevará a cabo en una ubicación en el área de su ciudad natal si es posible, a menos que usted y la Compañía acuerden otra ubicación o Arbitraje telefónico. Para iniciar el Arbitraje, usted o la Compañía deben hacer lo siguiente:
(1) Redactar una demanda de Arbitraje. La demanda debe incluir una descripción del Reclamo y el monto de los daños que se pretende recuperar. Puede encontrar una copia de una Solicitud de arbitraje en www.jamsadr.com.
(2) Envíe tres copias de la Solicitud de arbitraje, más la tarifa de presentación correspondiente a: JAMS [a su oficina local de JAMS] o a JAMS, 620 Eighth Ave., 34th Floor, New York, NY 10018].
(3) Enviar una copia de la Solicitud de arbitraje a la otra parte.
Reglas Especiales en el Procedimiento Arbitral. (i) El árbitro no tiene autoridad para cometer errores de derecho y cualquier laudo puede ser impugnado si el árbitro lo hace. De lo contrario, la decisión del árbitro es definitiva y vinculante para todas las partes y se puede hacer cumplir en cualquier tribunal federal o estatal que tenga jurisdicción. (ii) Ni usted ni la Compañía tendrán derecho a unir o consolidar reclamos en Arbitraje por o contra otras personas o entidades, ni a arbitrar ningún reclamo como miembro representante de una clase o en calidad de abogado general privado.
ESTO SIGNIFICA QUE USTED RENUNCIA A SU DERECHO A INICIAR O PARTICIPAR EN CUALQUIER ACCIÓN COLECTIVA O CONSOLIDADA.
En consecuencia, usted y la Compañía acuerdan que los Procedimientos de demanda colectiva de JAMS no se aplican a nuestro Arbitraje. Un tribunal puede anular cualquier parte de esta disposición de resolución de disputas si la encuentra inaplicable, excepto por la prohibición de arbitrajes colectivos, representativos y de procurador general privado. Sin perjuicio de la obligación de arbitrar todos los Reclamos en virtud de estos Términos, puede presentar un Reclamo individual en un tribunal de reclamos menores en lugar del Arbitraje.